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Seguro Barcos

Especialistas en leyes marítimas
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Seguro de Embarcaciones

Nuestro despacho le asesora en contratos de seguro marítimos. El pago de primas, reclamaciones a entidades aseguradoras, coberturas, pólizas de seguro, liquidaciones de siniestros, seguro para mercancías, seguros para buques, seguros para embarcaciones de recreo, seguros de responsabilidad civil por daños a terceros.

Según el REAL DECRETO 607/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas usted debe de tener las siguientes coberturas:

  • El seguro obligatorio cubrirá los siguientes riesgos:
  • Muerte o lesiones corporales de terceras personas.
  • Daños materiales a terceros.
  • Pérdidas económicas sufridas por terceros que sean consecuencia directa de los daños relacionados en los párrafos a) y b) anteriores.
  • Daños a buques por colisión o sin contacto.

Salvo pacto en contrario, será de cuenta del asegurador el pago de las costas judiciales y extrajudiciales inherentes a la defensa del asegurado y a la gestión del siniestro.

Usted o su empresa nesecita ayuda en cualquier ambito del derecho marítimo desde Canarias